jueves, 29 de abril de 2010

los centros de formación deberán efectuar las acciones de supervisión y seguimiento correspondientes (Coordinadores Misionales, Lider del Programa, Supervisores de Contratos, Asesores de Fortelecimiento) garantizando los ambientes de aprendizajes óptimos, oprtunidad en el suministro de los materiales de formación, el cumplimiento de los instructores en su  labor de aprendizaje, entre otros aspectos, con finalidad de brindar a la población, un eficiente servicio en su proceso de parendizaje.

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